Reunión de la Comisión de Aranceles Profesionales del mes de mayo

Nuevamente la Comisión Técnica de Aranceles Profesionales se reunió de forma virtual para tratar una rica agenda profesional.

Entre esos puntos se avanzó en el análisis de las escalas sobre Dirección Técnica de la actividad agrícola. En este sentido se elevó la propuesta de modificación del artículo 12 de la siguiente forma:

Artículo 12°) Dirección Técnica Agrícola: Comprende el asesoramiento, planificación, organización, supervisión y representación de toda persona, empresa, establecimiento o entidad dedicada a la actividad agrícola.

Honorarios: mensual acorde a la siguiente escala + el 2% de participación en la producción bruta.

INGRESO MENSUAL

has

Agros

Hasta 250

500

de 251 a 500

700

de 501 a 1000

1000

de 1000 a 1500

1200

más de 1500

1500

También se avanzó en el tratamiento de artículo 13° sobre Asesoramiento Técnico Agrícola. Respecto de este artículo la Comisión consideró correcta la que la proporción respecto de la Dirección técnica, por lo que se sugiere que el artículo debe quedar redactado de la siguiente forma:

Artículo 13°) Asesoramiento Técnico Agrícola: Dar consejo profesional suministrar información, recomendar normas y procedimientos sin participar en la planificación, organización y representación.

Honorario: 50% de la Dirección Técnica.

En cuanto al tratamiento del artículo 14°, se decidió dedicar más tiempo a su análisis, indagando mediante testimonios de profesionales dedicados a este tema, si el honorario definido actualmente por sobre la dirección técnica es adecuado o bien, si a raíz de una complejización del sistema agrícola y sus papeleos merece una adecuación.

Asimismo la Comisión planteó como necesidad la definición de honorarios para actividades que actualmente no figuran en la resolución de actual, como ser: honorarios por domisanitarios y estudios ambientales.