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Matriculación

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Quien ejerza la profesión en el territorio provincial deberá:

  • Poseer título habilitante.
  • Estar matriculado en el COPAER.
  • Abonar anualmente el derecho al ejercicio profesional.
  • Presentar DDJJ anualmente.

¿Por qué matricularse?

Todo acto o práctica que implique la aplicación de conocimientos técnicos y científicos, propios de un título habilitante de las Ciencias Agropecuarias se considera ejercicio profesional y está reglamentado por la Ley 8.801. Esto incluye actividades en relación de dependencia privada o pública (nacional, provincial o municipal) y actividades realizadas en forma independiente. El Estado Provincial resguarda a la comunidad para el correcto ejercicio de la actividad profesional y delega en el COPAER el control de la matrícula.

Actualización de datos

Requisitos de Matriculación

Matrícula Provisoria

  • Certificado de egreso emitido por la Facultad, consignando fecha de egreso firmado por el decano o autoridad de similar jerarquía.
    Se informa que: En un plazo de 24 meses a partir de la fecha de Matrícula Provisoria, se debe presentar el Diploma Universitario original que acredita el título obtenido. Este plazo podrá extenderse por única vez, por 12 meses más por pedido fundado del profesional.

Matrícula Definitiva

  • Diploma original (legalizado por el Ministerio de Educación de la Nación (en el reverso) y fotocopia del mismo.
    Se informa que: Al momento de presentarse el Diploma Universitario original se deberá dejar constancia por duplicado del Anexo I Res. Dir. 831/17, constancia bajo firma original del profesional de que el Diploma Universitario será retirado dentro de los treinta (30) días corridos de aprobada la matriculación definitiva. Y, al momento de devolverse el Diploma Universitario original se deberá dejar constancia por duplicado del Anexo II Res. Dir. 831/17.

Para ambas Matriculaciones anexar:

  • Documento Nacional de Identidad con fotocopia de frente y dorso del mismo.
  • Dos (2) fotos carnet 3 x 3 a color.
  • Constancia de cuil/cuit.
  • Completar solicitud de inscripción, firmarla y enviarla.
  • Registrar firma ante autoridad del COPAER.
  • Abonar el valor de la Matrícula Profesional Activa anual.

Al profesional que solicite la inscripción en la matrícula dentro del año de finalizado sus estudios “Nóvel”, se le bonificará el cien por ciento (100%) del Derecho al Ejercicio Profesional vigente al momento de la matriculación. Igual bonificación, corresponderá sobre el Derecho al Ejercicio Profesional del año calendario siguiente al de la inscripción en el Registro del Colegio. En el año calendario consecutivo abonará el cincuenta por ciento (50%) del valor establecido del Derecho al Ejercicio Profesional de los activos).

RECUERDE: Verificar siempre fechas, datos completos y situación con respecto a la Caja de Previsión.

Matrícula Pasiva

«Podrán ser acreedores a la matrícula profesional pasiva aquellos que gozaren del beneficio previsional de jubilación o realizaren en forma exclusiva la gestión y administración de un predio rural o subrural o una unidad de negocio urbana sin vinculación agraria, que sea de su propiedad o de su cónyuge” (Art. 7° -Res. Dir. N° 332/03).

Aquellos profesionales que se acojan o se hayan acogido al beneficio jubilatorio con baja de la matrícula profesional activa, cuando solo realicen como actividad profesional el ejercicio de la docencia o investigación, será obligatoria su inscripción y rehabilitación anual en la matrícula profesional pasiva, a los efectos de cumplimentar con los preceptos de la Ley N° 8.801 (Art. 9° -Res. Dir. N° 332/03).

Aquellos profesionales que se acojan o se hayan acogido al beneficio jubilatorio con baja de la matrícula profesional activa, cuando no realicen actividad profesional, podrán inscribirse voluntariamente en la matrícula pasiva.

Los profesionales inscriptos en la matrícula pasiva mantienen todos los derechos y deberes atribuidos por la ley Colegial, restringiéndose sólo los relativos al ejercicio profesional.

Para la Matriculación Pasiva anexar:

  • Copia Autenticada por autoridad competente de la norma o documentación que otorga el beneficio jubilatorio.
  • Nota dirigida al Presidente del CoPAER solicitando:
    • Cancelación de la Matrícula y pedido de Matrícula Pasiva. Descargar carta modelo de cancelación y solicitud de matrícula pasiva
    • Pedido de Matrícula Pasiva (si su matrícula ya fue cancelada o sólo administra un campo de su propiedad o de su cónyuge). Descargar carta modelo de matrícula pasiva (si ya tiene cancelada su matrícula o sólo administra un campo de su propiedad o de su cónyuge) 
  • Realizar la DDJJ. Ir al Panel de autogestión
  • Estar al día con el pago de su matrícula profesional activa.
  • Completar la Solicitud de Inscripción en el Registro de Profesionales Pasivos, firmarla y enviarla. Descargar Solicitud

Se informa que el valor de la Matrícula Profesional Pasiva anual, es equivalente al veinticinco porciento (25%) del fijado para los activos.


RECUERDE: El incumplimiento en el pago del valor anual de la matrícula profesional, activa o pasiva, determina la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna.

El procedimiento y documentación a presentar a los efectos de solicitar la suspensión o cancelación de la matrícula profesional, y evitar la mora, pueden ser consultados a: [email protected]

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8:00hs a 17.00hs

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